Logo

.................... S/ RECURSO DE CASACION

La Cámara de Casación Penal anula la condena por encubrimiento y dispone la inmediata libertad del condenado por falta de prueba suficiente

¿Qué se resolvió en el fallo?

La defensa de Francisco de Jesús Cáceres interpuso recurso de casación contra la sentencia que lo condenó por encubrimiento simple, alegando ausencia de prueba suficiente y errores en la fundamentación. La Cámara analizó que, si bien se acreditó que Cáceres se encontraba en posesión de una motocicleta con pedido de secuestro activo, no se probó cómo la adquirió ni si sabía su origen ilícito, elemento esencial para configurar el delito de encubrimiento. La Cámara concluyó que la sentencia recurrida carecía de fundamentación suficiente respecto a la autoría y el conocimiento del origen ilícito del vehículo, por lo que decidió casar la sentencia condenatoria y absolver a Cáceres, disponiendo su libertad inmediata, siempre que no existan otros impedimentos legales. La Cámara también reguló los honorarios profesionales y ordenó comunicar la resolución al Consulado del Paraguay. Fundamentos principales: "El tribunal, para resolver como lo hizo, ponderó que del acta de procedimiento inicial surge que, en el marco de un operativo policial, funcionarios policiales realizaron señas a un motovehículo que comenzó a aminorar su marcha, sin embargo luego aceleró y continuó su rombo, iniciándose una persecución. Se asentó allí que luego de una mala maniobra los ocupantes del rodado se cayeron, continuando la fuga a pie, siendo posteriormente aprehendidos cuando se encontraban escondidos en el interior de una vivienda cercana. Se constató también, que el vehículo en el que se desplazaban tenía pedido de secuestro activo. Se valoró asimismo la testifical de Wilfredo Pedrozo, que los observó esconderse en la vivienda de su vecina, y de Raúl García, quien facilitó el ingreso a la misma para su posterior aprehensión." "Ahora bien, a los fines de dar respuesta a los agravios traídos, cabe precisar que se acreditó, y no se discutió, que la motocicleta conducida por Cáceres tenía un pedido de secuestro activo, sin embargo, no se fundamentó ni se hizo referencia alguna al modo en que la misma fue adquirida ni al conocimiento sobre el punto por parte de quien recurre. Aunque parezca una obviedad, la autoría del delito de encubrimiento presupone siempre la comisión de otro delito previo, por parte de un tercero. En el caso, no existe en todo el veredicto una sola línea que acredite el modo en que la motocicleta descripta llegó a manos de Cáceres. Y el punto deviene esencial, puesto que esa ausencia de prueba y motivación impide descartar la hipótesis de que el motociclo hubiese llegado a manos del nombrado por un modo ilegítimo, es decir, mediante la comisión de un delito previo por parte del

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar