.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal anula la sentencia que condenó a Van Shaick por errores en la unificación de condenas y el análisis de agravantes y atenuantes, ordenando un nuevo pronunciamiento conforme a derecho. La nulidad se funda en la omisión de fundamentación adecuada y la arbitrariedad en la valoración de circunstancias del condenado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia de primera instancia condenó a Francisco Sebastián Van Shaick a una pena única de seis años de prisión, considerando varias condenas previas y declarando reincidencia en una de ellas. La defensa interpuso recurso de casación denunciando que la sentencia incurrió en violaciones constitucionales y legales, particularmente en la valoración de agravantes y atenuantes, y en la unificación de penas. La Cámara de Casación sostuvo que la unificación de condenas, en casos de concurso real, no requiere que las penas anteriores estén pendientes de cumplimiento, y que la suma aritmética de las penas no es arbitraria. Sin embargo, se detectó que la sentencia de primera instancia omitió fundamentar la exclusión de ciertas pautas de valoración del artículo 40 y 41 del Código Penal, y que la decisión de formar la pena única mediante suma no fue debidamente motivada. La Sala consideró que esta omisión vulneraba garantías constitucionales y ordenó la nulidad de la sentencia, devolviendo la causa para un nuevo pronunciamiento conforme a derecho. Las disidencias no fueron expresamente registradas, pero el voto mayoritario fue por la declaración de nulidad.
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