--------S/APELA DENEGATORIA DE LIBERTAD ASISTIDA
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirma la decisión del juez de grado y rechaza el recurso de apelación contra la denegatoria de libertad asistida al interno J.N.P. La decisión se fundamenta en la evaluación negativa de informes técnicos y psicológicos que evidencian riesgo para la sociedad, vulnerabilidades del interno y la necesidad de tratamiento psicoterapéutico previo. La Cámara entiende que la información penitenciaria adversa y la evaluación del organismo técnico criminológico justifican la denegatoria, en línea con jurisprudencia y normativa vigente. La resolución se basa en que la liberación anticipada debe estar fundamentada en condiciones objetivas que garanticen la reinserción social y la protección social, lo cual no se cumple en este caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Nicolás revisó la decisión del juez de ejecución que negó la libertad asistida a J.N.P., condenado a diez años por hechos de connotación sexual. La defensa alegó que se cumplían los requisitos temporales para la libertad, pero la Cámara consideró que los informes del Departamento Técnico Criminológico y psicológico avalan la necesidad de mantener la detención. Se evaluó que los indicadores negativos, el riesgo procesal y la vulnerabilidad del interno, junto con la recomendación de tratamiento psicoterapéutico, justifican la denegatoria. La Cámara citó jurisprudencia que refuerza la prudencia en la concesión de beneficios en casos de delitos graves y en condiciones de riesgo para la sociedad. Se concluye que la decisión de denegar la libertad asistida está correctamente fundamentada y no existe motivo para revertirla.
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