----------S/ APELA DENEGATORIA DE SALIDAS TRANSITORIAS Y CAMBIO DE REGIMEN
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la decisión de denegar las salidas transitorias y el cambio de régimen al condenado por considerar que no se cumplen las condiciones legales y que la evaluación criminológica y penitenciaria es desfavorable para la concesión del beneficio. La resolución se fundamenta en informes negativos sobre la evolución del interno, su comportamiento institucional y su estado psicológico, señalando que “las circunstancias reseñadas en el informe de desempeño institucional del interno en cuestión (…) al registrar concepto regular, trasunta que no ha logrado acatar las normas y reglas de convivencia vigentes en el establecimiento penitenciario.” Se destaca que “la conclusión adversa examinada se encuentra fundamentada y en sintonía con aspectos negativos surgidos del Informe Psicológico, suscripto por la profesional Liliana Amarilla,” y que “las referencias negativas y precautorias señaladas precedentemente, permiten desestimar las quejas recursivas.” La Cámara sostiene que el interno no reúne los requisitos previstos por la normativa para acceder a los beneficios, en línea con precedentes jurisprudenciales y principios de progresividad en la ejecución penal. La decisión es coherente con la normativa vigente (arts. 17 y 100 de la Ley 12.256, arts. 1 y 6 de la Ley 24.660) y responde a la necesidad de mantener las pautas de cautela en la resocialización del condenado.
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