------S/APELA ELEVACION A JUICIO
La Cámara de San Nicolás confirmó la resolución que elevó a juicio la causa por delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado y ultrajante, rechazando el recurso de apelación y manteniendo la decisión del juez de grado. La decisión se fundamentó en la valoración de la prueba y la suficiencia de los elementos que justifican la continuación del proceso, en línea con la etapa de investigación intermedia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso de apelación interpuesto por el defensor particular del imputado E.S.T. fue presentado el 13/5/2025 contra la resolución del 8/5/2025 del Juzgado de Garantías N° 1, que no hizo lugar a la excepción de falta de acción y sobreseimiento y elevó la causa a juicio por delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado y ultrajante, en perjuicio de las víctimas. El recurrente argumentó que los hechos no ocurrieron en las fechas señaladas, que las declaraciones de las víctimas y los informes médicos no corroboran la imputación, y que el proceso es una repetición de un juicio anterior por hechos similares. La Cámara sostuvo que los agravios son inadmisibles en esta etapa procesal, ya que los planteos de la defensa solo reiteran argumentos ya resueltos y se basan en cuestiones de hecho y valoración de la prueba que corresponden al juicio oral. Además, se resaltó que la valoración de la prueba realizada por el juez de grado, incluyendo declaraciones, informes psicológicos y periciales, fue adecuada y suficiente para justificar la elevación a juicio. La Cámara destacó que en esta etapa la función es verificar que existan elementos mínimos de convicción y que la valoración probatoria sea razonable, no para emitir un juicio de certeza definitiva. Por todo ello, se rechazó el recurso y se confirmó la resolución que elevó la causa a juicio.
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