------S/APELAN ELEVACION A JUICIO
La Cámara de Apelaciones declara inadmisible el recurso de apelación del defensor particular contra la resolución que elevó a juicio la causa por delitos de lesiones graves, daño y violación de domicilio. La resolución de grado se fundamenta en que los agravios del recurrente carecen de fundamentación suficiente y que la decisión de elevar a juicio se basa en un análisis fundado de las probanzas, garantizando el principio de contradicción y la valoración en juicio oral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás analizó el recurso de apelación presentado por el defensor particular del imputado H. D. P. y F. A. M., contra la resolución del Juzgado de Garantías n° 2 de fecha 26/05/2025, que no hizo lugar a su pedido de sobreseimiento y elevó la causa a juicio por delitos de lesiones graves en concurso con daño y violación de domicilio, en los artículos 90, 150, 183 y 55 del Código Penal. La defensa argumentaba que la acusación era vaga, que no existían elementos probatorios que vincularan a sus defendidos con el daño y las lesiones, y cuestionaba la existencia del dolo. La Cámara resolvió que dichos agravios eran una reiteración de planteos ya respondidos en la instancia previa y que no cumplían con los requisitos legales de fundamentación específicos y concretos del recurso de apelación, en particular los artículos 421, 439 y 442 del CPP. La Cámara consideró que la fase de apelación no es la instancia para revaluar la valoración probatoria, que esa competencia corresponde al juicio oral, y que la resolución de grado se fundamentó en un análisis exhaustivo de las probanzas, respetando el principio de contradicción. En conclusión, el recurso fue declarado inadmisible por su falta de fundamentación suficiente y por ser una reedición de planteos ya respondidos. La Cámara dispuso la confirmación de la resolución apelada y el rechazo del recurso.
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