------S/APELA ELEVACION A JUICIO
La Cámara de Apelación anula la resolución que dictó el Juzgado de Garantías, por contener errores que afectan la validez del acto procesal, y ordena su reenvío a la instancia de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás revisó la resolución del 23/06/2025 del Juzgado de Garantías N° 1, que había procesado a N.N.G. por los delitos de abuso sexual reiterado en concurso real. La defensa del imputado interpuso recurso de apelación argumentando un error en la resolución. La Cámara identificó un grave yerro en la acto judicial, ya que se consignó en la parte resolutiva una decisión que no correspondía a la argumentación de los considerandos, generando una confusión que afecta la validez del acto. La resolución del tribunal fue que dicha inconsistencia constituye una nulidad del acto procesal, en virtud de los arts. 201 y 202 del CPP y principios constitucionales, y, en consecuencia, se declara la nulidad de la resolución impugnada y se ordena su reenvío a la instancia de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho. La nulidad fue considerada esencial para garantizar la correcta sustanciación del proceso y la doble instancia.
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