------S/APELA DENEGATORIA DE SALIDAS TRANSITORIAS Y CAMBIO DE REGIMEN
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Nicolás confirma la denegatoria de beneficios penitenciarios a B J M, sustentada en informes negativos y en el incumplimiento de requisitos legales y de evaluación criminológica y psicológica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Nicolás revisó la resolución del 26/05/2025 del Juzgado de Ejecución Penal, que denegó a B J M el beneficio de salidas transitorias y cambio de régimen a régimen abierto. La apelación fue promovida por la defensa oficial. La Sala analizó las constancias del expediente, informes del Departamento Técnico Criminológico y Psicólogo, y la valoración del riesgo y la evolución del interno. El tribunal concluyó que no se cumplen los requisitos legales, específicamente la ausencia de un informe favorable de la Junta de Selección y de los informes psicológicos y sociales que acrediten la aptitud del interno para acceder a los beneficios. La evaluación criminológica y psicológica reveló riesgos y vulnerabilidades que justifican la decisión de denegar los beneficios, priorizando la protección social y la correcta aplicación de la ley. La decisión se fundamenta en que las pautas precautorias y el informe negativo justifican el rechazo, y que la resolución respeta los derechos del interno, en línea con las normativas vigentes y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Provincial. La decisión fue adoptada en acuerdo conjunto, confirmando la resolución impugnada.
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