------S/APELA DENEGATORIA DE ATENUACION DE LA COERCION
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la resolución que denegó la morigeración de la prisión preventiva de L N L, argumentando que la gravedad del delito, la duración de la detención y los riesgos procesales sustentan la necesidad de mantener la medida en prisión, rechazando la solicitud de arresto domiciliario por considerarla insuficiente y en línea con la jurisprudencia que prioriza la excepcionalidad de la prisión preventiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás revisó la resolución del Juzgado de Garantías nro. 1, que no hizo lugar al pedido de morigeración de la prisión preventiva de L N L. La defensa interpuso recurso de apelación, que fue rechazado. La Sala sostuvo que la gravedad del ilícito (comercialización de estupefacientes con pena privativa efectiva de libertad), la duración de la detención (aproximadamente tres meses), y el riesgo de fuga, justifican la continuidad de la prisión en contexto de peligro procesal. La Cámara resaltó que la evaluación del peligro de fuga, la gravedad del delito y las características del hecho, así como la duración de la detención, conforman parámetros que justifican la medida cautelar. Se aclaró que, si bien existen patologías que podrían atenderse en libertad, las circunstancias médicas no justifican el cambio a arresto domiciliario, ya que la ley exige informes médicos específicos que acrediten que la detención en prisión resulta inadecuada. La superpoblación carcelaria y las condiciones de alojamiento no alteran la decisión, en línea con precedentes jurisprudenciales, y no se evidencia vulneración de principios de humanidad. La resolución del tribunal es fundada en la necesidad de garantizar los fines del proceso y la seguridad del mismo, en atención a los riesgos procesales evidenciados.
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