.................... S/SENTENCIA DE JUICIO ORDINARIO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Nicolás confirmó la sentencia condenatoria contra M P por delitos de amenazas, daño y lesiones leves agravadas por el vínculo, rechazando los agravios de la defensa y manteniendo la pena de dos años de prisión en suspenso, además de las medidas de control y tratamiento impuestas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. magistrada subrogante del Juzgado en lo Correccional en la causa N° 43.522 condenó a M P por amenazas calificadas con arma, daño y lesiones leves agravadas en concurso real, en hechos ocurridos el 31 de octubre de 2021 en San Nicolás. La sentencia impuso una pena de dos años de prisión en suspenso, con condiciones de control y tratamiento psicológico, además de un perímetro de exclusión de 200 metros respecto de las víctimas. La defensa oficial interpuso incidente de apelación con agravios relacionados con la valoración de la prueba, la nulidad del juicio por inexistencia de acusación y la credibilidad de los testigos. La Cámara, tras analizar los argumentos, desestimó las quejas, consideró que la valoración probatoria fue racional y ajustada a derecho, y confirmó la sentencia condenatoria. La fundamentación destaca que la valoración de la prueba se realizó conforme a las reglas de la sana crítica racional, sin arbitrariedad ni transgresiones a los principios del juicio oral, y que las constancias probatorias sustentan la decisión de condena.
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