------S/APELA DENEGATORIA DE LIBERTAD CONDICIONAL Y CAMBIO DE REGIMEN
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Nicolás confirma la resolución que deniega la libertad condicional y el cambio de régimen a un régimen abierto a D I F, argumentando que los informes técnicos y la evaluación criminológica justifican mantener la negativa, por existir indicadores psicodinámicos y sociales que aconsejan cautela y la continuidad en encierro. La decisión se basa en la valoración de informes especializados que evidencian que el interno no cumple con los requisitos del art. 13 del Código Penal ni con los parámetros de reinserción social, además de la existencia de riesgos y la persistencia de indicadores vulnerables. La Cámara también considera que la superpoblación penitenciaria no justifica la concesión del beneficio sin cumplir con los requisitos legales y que la evaluación criminológica es un elemento esencial para la toma de decisión. La resolución destaca que la libertad anticipada requiere acreditar la capacidad de reinserción y que su concesión es un derecho condicionado a la evaluación de riesgos y cumplimiento de requisitos legales. La Cámara ratifica el criterio de que la existencia de indicadores psicodinámicos y sociales desfavorables, sumado a la falta de cumplimiento de los requisitos legales, impide la concesión del beneficio de libertad condicional en este caso, manteniendo la decisión de denegar la solicitud.
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