.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Sala III del Tribunal de Casación Penal de La Plata rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Cabrera y confirmó la sentencia condenatoria basada en la prueba valorada en el juicio abreviado. La decisión fundamentó que la conducta de la imputada fue acreditada mediante prueba suficiente y que la calificación legal por tenencia con fines de comercialización está debidamente justificada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Fiscalía condenó a Micaela Soledad Cabrera a cuatro años y cuatro meses por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en un procedimiento en el que se secuestraron 450 gramos de marihuana en su domicilio tras allanamiento. La defensa interpuso recurso de casación alegando arbitrariedad y que la conducta debería haberse calificado como tenencia simple, cuestionando la valoración de las pruebas, especialmente la cantidad de droga y la inexistencia de elementos que acreditaran la comercialización. La Cámara de Casación rechazó el recurso, sosteniendo que la prueba y las declaraciones testimoniales respaldaban la hipótesis del tráfico. La sentencia destacó que la cantidad de sustancia incautada y la distribución en 100 envoltorios demostraban la finalidad de comercialización, y que la simple tenencia no requiere la efectiva comercialización ni la presencia de balanzas de precisión, dinero o otros elementos de estiramiento. La valoración probatoria fue considerada adecuada y no arbitrariedad, afirmando que la conducta ilícita quedó suficientemente acreditada y que la calificación legal fue correcta.
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