.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal decidió admitir la queja y anular la resolución que denegó la libertad asistida a Esteban Alejandro Peñalba, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento tras recabar informes y tratar los agravios. La decisión se fundamenta en la revisión de la constitucionalidad del artículo 100 de la ley 12.256 y la importancia de garantizar derechos constitucionales en casos de libertad condicional y asistida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Defensa Oficial de Peñalba interpuso recurso de casación contra una resolución que negó la formación del incidente de libertad asistida, sosteniendo que la norma vulnera derechos constitucionales y principios de igualdad y proporcionalidad. La Sala III del Tribunal de Casación Penal, en mayoría, consideró que la cuestión de constitucionalidad debe ser abordada en esta instancia y no puede considerarse un dispendio jurisdiccional, dado que la norma cuestionada afecta derechos fundamentales del penado. Los jueces Violini y Maidana coincidieron en que la sentencia impugnada debe ser anulada y que se debe remitir el expediente para un nuevo pronunciamiento, atendiendo a la valoración constitucional y convencional del caso. El voto disidente del juez Carral argumentó que la resolución se basa en precedentes que validan la constitucionalidad de la norma, y que la declaración de inconstitucionalidad requiere una demostración clara del perjuicio. La mayoría sostuvo que la revisión constitucional debe realizarse en el marco del proceso y que la decisión impugnada no abordó adecuadamente la constitucionalidad del artículo 100 de la ley 12.256, por lo que corresponde su anulación y remitir los actuados para nuevo análisis.
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