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---------S/APELA DENEGATORIA DE PRISION DOMICILIARIA

La Cámara de Apelación en lo Penal confirmó la resolución que rechazó el pedido de prisión domiciliaria de Silvio Hernán Pardo, manteniendo su detención en la unidad penal, fundamentándose en que no se acreditaron condiciones médicas que justifiquen el cambio de modalidad de cumplimiento de la condena.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La defensa de Silvio Hernán Pardo interpuso recurso de apelación contra la resolución del 13/08/2025 del Juzgado de Ejecución Penal que rechazó su pedido de prisión domiciliaria. El tribunal de alzada analizó los agravios relacionados con las condiciones de salud del interno, y concluyó que no existían informes médicos o dictámenes que demostraran la imposibilidad de recuperación en el establecimiento penitenciario. La sentencia destacó que, según el peritaje oficial, Pardo no presenta afección que impida su tratamiento en la cárcel, y que la obligación del Estado de garantizar la salud del interno se cumple en el contexto penitenciario. También se sostuvo que la concesión de la prisión domiciliaria es una facultad del juez, y que en el caso no se verificó ninguna enfermedad grave que torne inadecuado el encierro. La Cámara confirmó así la resolución impugnada, reafirmando que no se vulneran principios de humanidad ni derechos constitucionales.

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