.................... S/ RECURSO DE QUEJA INTERPUESTO POR FISCAL GRAL.
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora rechazó la queja del fiscal contra la resolución que revocó el auto del Juzgado de Garantías, manteniendo la excarcelación de los imputados, por considerar que la resolución impugnada no encuadra en los supuestos del artículo 450 del CPP y que la decisión de la Cámara no resulta arbitraria ni violatoria del debido proceso. La mayoría entendió que la resolución de la Cámara no es un supuesto revisable mediante casación, por lo que la queja fue considerada improcedente y se decidió rechazarla sin costas. Disidencia: la doctora Budiño consideró que la resolución de la Cámara resultaba arbitraria y que la decisión del tribunal de primera instancia debía mantenerse, fundamentando la procedencia del recurso de casación por la afectación de principios constitucionales y garantías del debido proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El fiscal interpuso queja contra la resolución de la Cámara de Lomas de Zamora que, en un recurso de apelación, revocó un auto del Juzgado de Garantías y ordenó la excarcelación de los imputados en un hecho en el que se describen golpes y lesiones con armas blancas y un objeto contundente, atribuido a un intento de atentar contra la vida de la víctima. La Cámara de Apelaciones declaró inadmisible la casación por considerar que la resolución no encuadraba en los supuestos del artículo 450 del CPP y que no se trataba de una sentencia definitiva, por lo que rechazó la queja, en mayoría. La disidente consideró que la resolución de la Cámara era arbitraria y que la decisión del tribunal de primera instancia debía mantenerse, fundamentando la procedencia del recurso. La fundamentación de la mayoría se basó en que la resolución impugnada no es un pronunciamiento susceptible de casación y que no existían las causas de excepción que permitieran su revisión.
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