.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de La Provincia de Buenos Aires decidió reconducir un recurso de casación presentado contra un auto que rechazaba nulidades, considerando que correspondía que fuera apelación ante la Cámara de Garantías y no un recurso directo ante la Cámara de Casación. La decisión se fundamenta en que el órgano natural de revisión de la resolución inicial es la Cámara de Garantías, garantizando el doble conforme constitucional y los derechos del imputado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El imputado Daniel Leonardo Cisneros interpuso recurso de casación contra un auto del Tribunal en lo Criminal N° 5 de La Plata que rechazó nulidades y excepción por falta de acción. La Fiscalía argumentó inadmisibilidad del recurso. La Sala III del Tribunal de Casación Penal consideró que la vía correcta para cuestionar la resolución en cuestión era la apelación ante la Cámara de Garantías, ya que el órgano competente para revisar esa instancia es la Cámara de Garantías y no la Cámara de Casación, por lo que procedió a reconducir la presentación como recurso de apelación. Los jueces Violini y Maidana coincidieron en que el recurso directo de casación no era procedente en este caso, ya que la resolución atacada no era definitiva, y que la vía adecuada era la apelación ante la Cámara de Garantías, garantizando así el doble conforme constitucional. La decisión respeta los artículos 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y artículos del Código Procesal Penal, asegurando la adecuada instancia de revisión y los derechos del imputado.
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