------S/APELA DENEGATORIA DE ATENUACION DE LA COERCION
Tribunal de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la resolución que rechazó la morigeración de la coerción solicitada en favor de B.D.A.V., manteniendo la prisión preventiva por considerar que no existen circunstancias excepcionales que justifiquen la modificación, en base a la gravedad del delito, el tiempo de privación de libertad y la peligrosidad procesal. La decisión se funda en que la evaluación legal, jurisprudencial y pericial, demuestra que la situación del imputado no reúne los requisitos del art. 163 del CPP para la concesión de la morigeración, y que la prisión preventiva continúa siendo necesaria para garantizar la investigación y evitar el riesgo de fuga, en un contexto de superpoblación penitenciaria que, si bien es un problema real, no justifica en este caso un cambio en las condiciones de detención.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de B.D.A.V. interpuso recurso de apelación contra la resolución del juez de Garantías N° 1, que rechazó su pedido de morigeración de la prisión preventiva. La Cámara analizó los agravios y constató que la resolución impugnada fue fundada en circunstancias objetivas, incluyendo el riesgo de fuga y la peligrosidad procesal, reforzado por informes periciales que evidencian un cuadro psicopatológico asociado al consumo de drogas y antecedentes de tratamiento. El tribunal valoró que, de acuerdo con los arts. 159 y 163 del CPP, no existen condiciones excepcionales que justifiquen la concesión del beneficio y que la duración de la detención (aproximadamente cinco meses) no alcanza para superar el riesgo procesal. Además, consideró que la situación de superpoblación penitenciaria, si bien problemática, no es una causa suficiente para modificar la medida cautelar en este caso. La decisión fue confirmada en todos sus términos, justificando la continuidad de la prisión preventiva para garantizar la investigación y la seguridad del proceso.
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