.................... S/ RECURSO CASACION
La Cámara de Apelaciones en lo Criminal de La Plata rechazó el recurso de casación presentado contra la sentencia de primera instancia que condenó a Alain Nicolás Laguna por delitos de robo calificado y lesiones graves, ratificando la validez de la prueba y la calificación legal de los hechos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal en lo Criminal número 1 de Dolores condenó a Alain Nicolás Laguna a cuatro años y ocho meses de prisión por haber cometido dos hechos delictivos: un robo calificado con arma en un comercio y lesiones graves en la vía pública, ambos agravados por la intervención de una menor de edad. La defensa oficial interpuso recurso de casación denunciando valoración errónea de la prueba y ilegalidades en el procedimiento, especialmente en el secuestro del arma y la identificación del acusado. La Sala consideró que la prueba fue correctamente valorada, que las imágenes y declaraciones permitieron identificar a Laguna como autor de los hechos, y que las irregularidades denunciadas no afectaron la validez del proceso, además de que la calificación legal y la pena acordadas en juicio abreviado fueron ratificadas. Los jueces Borinsky y Violini coincidieron en rechazar el recurso, confirmando la sentencia condenatoria. Fundamentos principales: "El veredicto resiste holgadamente los agravios traídos. El acusado, debidamente asistido por su defensor, acordó con el Ministerio Público Fiscal someterse al trámite de juicio abreviado, homologándolo luego el Tribunal, tanto respecto a la calificación como al monto de pena. Desde luego tal acuerdo no implica en nuestra provincia reconocimiento de culpabilidad del encartado, ni mucho menos, renunciar a la revisión del veredicto." "Las imágenes son de muchísima nitidez y permiten en forma indiscutible determinar cómo coautor del hecho a Alain Laguna. Asimismo, se observa a éste usando un anillo, que fue comparado con las redes sociales, siendo el mismo. La valoración de las cámaras y las declaraciones de los testigos sustentan la participación del imputado en los hechos." "Respecto a la legalidad del secuestro del arma, el tribunal consideró que la cuestión no fue planteada en la instancia previa, por lo que no puede ser revisada en casación. Además, la diferencia en las declaraciones sobre la lesión no resulta suficiente para desvirtuar las pruebas que acreditan la participación conjunta de Laguna y la menor en los hechos." "En cuanto a la calificación legal, el uso de un objeto contundente como arma de utilería que provocó lesiones, fue considerado como agravante, y la participación conjunta en las lesiones fue claramente demostrada. La agravante del artículo 41 quáter del Código Penal se aplica por la intervención en delitos cometidos con menores, sin necesidad de que el mayor tenga la intención de descargar responsabilidad." Por todo lo expuesto, la Sala sostuvo que las pruebas y la valoración de
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