.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación anuló la condena por coacción simple contra I.J.R. y dispuso su absolución y libertad inmediata, por considerar que la valoración de la prueba fue arbitraria y sesgada en la sentencia de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal de primera instancia condenó a I.J.R. a dos años de prisión condicional por coacción simple, basándose en mensajes de WhatsApp y testimonios que, según la Cámara de Casación, fueron valorados de manera arbitraria. La defensa argumentó que la prueba no era concluyente y que la valoración del contexto y las circunstancias no fue adecuada, señalando que no se acreditó fehacientemente que los mensajes provinieran del imputado y que las frases utilizadas no constituían una amenaza efectiva. La Cámara analizó los agravios y concluyó que el tribunal de primera instancia incurrió en una valoración sesgada y arbitraria de la prueba, especialmente respecto a la interpretación de los mensajes y la libertad de actuación del imputado. En virtud de ello, se hizo lugar al recurso de casación, se absolvió a I.J.R. por el hecho de coacción simple y se dispuso su libertad inmediata, condicionada a que no registrara órdenes de detención pendientes. La Cámara resaltó que la conducta del imputado no reunía los requisitos del tipo penal y que la valoración probatoria fue errónea, por lo que procedió a la anulación de la sentencia condenatoria y su reemplazo por la absolución y libertad. Fundamentos principales: "El análisis integral de la situación revela que el órgano jurisdiccional analizó los hechos de manera sesgada arribando de esa forma a una decisión arbitraria." Además, "cada uno de los trabajadores actuó libremente, y, en el caso de Ramos, a pesar del intercambio de mensajes, no adhirió al paro e ingresó a su trabajo normalmente." La Cámara consideró que "la conducta endilgada a I.J.R. no reúne los requisitos que exige el tipo aplicado y que el Tribunal analizó de manera arbitraria y sesgada la prueba rendida en el debate." Se concluyó que la valoración de la prueba no fue adecuada, y que no se acreditó fehacientemente la participación del imputado en los hechos atribuidos.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: