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.................... S/ RECURSO DE CASACION

La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires anula la condena de 20 años por exceder los límites del reenvío judicial y ordena un nuevo fallo conforme a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia Provincial.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Marcelo Edgardo Gentile, fue condenado inicialmente a 17 años de prisión por homicidio simple. La Suprema Corte de Justicia Provincial resolvió excluir una atenuante relacionada con el estado emocional del condenado y devolver los autos al tribunal de origen para que gradúe la pena considerando las circunstancias atenuantes y agravantes. Posteriormente, Gentile fue declarado rebelde y aprehendido en 2024, siendo condenado a 20 años por homicidio simple. La defensa interpuso recurso de casación alegando prescripción y otros vicios, pero el tribunal detectó que la sentencia de condena había adquirido firmeza respecto a la materialidad y autoría del hecho. Sin embargo, consideró que el tribunal en lo Criminal número 7 de San Isidro excedió su competencia al modificar la pena y valorizar agravantes no pedidas por la fiscalía, en violación a los límites del reenvío ordenado por la Suprema Corte. La Cámara declaró la nulidad del fallo y ordenó reenvío de los autos para que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a la decisión de la Corte. Fundamentos principales: "El objetivo de la acción penal es el dictado de una decisión sobre el fondo del asunto, y en este caso, la sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal nro. 7 de San Isidro del 29 de septiembre de 2008 adquirió, a partir del pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia, una cosa juzgada parcial respecto a la existencia material del hecho y la autoría. La sentencia de condena fue firme, y la revisión iniciada por la defensa no puede extenderse a modificar los límites del reenvío judicial, especialmente en lo que respecta a la graduación de la pena y la valoración de agravantes que no fueron objeto de la decisión de la Corte. La decisión del tribunal, al exceder su competencia y modificar sustancialmente la pena, generó una situación incompatible con el debido proceso, lo cual justifica la nulidad del fallo y el reenvío a los tribunales de origen para que dicten una nueva resolución conforme a la decisión de la Suprema Corte."

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