F., M. M. Y G., N. A. S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal confirmó el rechazo del recurso de casación y dictaminó devolver jurisdicción al Juzgado de Garantías de Mercedes para que dicte un nuevo pronunciamiento considerando la situación procesal actual de los imputados, en atención a la variación en los elementos del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Casación Penal de La Plata resuelve sobre una queja presentada por la Defensa Oficial en representación de María Macarena Ferraris y Nicolás Gámez contra la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías de Mercedes que confirmó el auto del Juzgado de Garantías N°3, que dispuso hacer cesar el estado antijurídico por presunta usurpación en un inmueble de 25 de Mayo y ordenar la entrega del inmueble a la víctima. La queja denuncia la afectación de derechos constitucionales, incluyendo el derecho a la vivienda, a la protección de la familia, y al derecho de ser oído y a la defensa en juicio, fundamentando en la existencia de un certificado de vivienda entregado por el ReNaBap y en la supuesta existencia de un acuerdo con la Municipalidad de 25 de Mayo que legitimaría la ocupación. La Cámara de Casación rechaza la queja, considerando que los argumentos son infundados y que la resolución en cuestión debe ser revisada en función de la variación en la situación procesal, ya que posteriormente la Fiscalía dispuso el archivo de las actuaciones por insuficiencia de elementos del tipo penal. Por ello, ordena devolver jurisdicción al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento acorde a la situación actual, en atención a los artículos 18 de la Constitución Nacional y los artículos 448, 450, 451, 454 y 465 del Código Procesal Penal. La unanimidad de los jueces llevó a confirmar la decisión de devolver la causa al tribunal de origen para su reconsideración.
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