.................... S/ RECURSO DE CASACIÓN
La Sala III del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirma la admisibilidad del recurso y rechaza su procedencia, manteniendo la sentencia condenatoria por abuso sexual agravado en base a fundamentos constitucionales, internacionales y jurisprudenciales, y considerando ajustada la pena impuesta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal analiza un recurso de casación interpuesto por el defensor oficial de O.A.H. contra la sentencia de condena dictada en juicio abreviado, en la cual se le impuso una pena de ocho años y seis meses por abuso sexual con acceso carnal agravado por ser encargado de la guarda. El tribunal confirma la admisibilidad del recurso, argumentando que el derecho a recurrir la sentencia condenatoria es una garantía fundamental, protegida por tratados internacionales y la jurisprudencia local, y que su ejercicio no puede ser restringido por procedimientos abreviados. Respecto a la valoración del delito, el tribunal ratifica que la víctima, una menor de 8 años, fue abusada en su domicilio, que la pena aplicada es proporcional y ajustada a los principios de razonabilidad y proporcionalidad, considerando la gravedad del ilícito y las circunstancias del caso. Se destaca que la valoración de la edad de la víctima como circunstancia agravante no constituye doble valoración, sino una consideración válida en la individualización de la pena, en línea con la jurisprudencia provincial y nacional. El tribunal también recomienda respetar la normativa sobre protección de datos sensibles en futuras publicaciones. Finalmente, rechaza el recurso de casación y confirma la sentencia condenatoria, con costas.
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