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APPEZZATO PASCUAL JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de las disposiciones sobre reajustes previsionales y la aplicación de la Prestación Básica Universal, considerando que los agravios de la ANSeS no lograron demostrar perjuicio concreto ni violación de derechos constitucionales.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Confiscatoriedad Prestacion basica universal Topes Reajustes previsionales Ley 24.241 Ley 24.463 Art. 14.2 resolucion sss 06/09 Proteccion de derechos previsionales.


- Quién demanda: Juán Pascual Appezato

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios en la prestación previsional, inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, art. 26 de la ley 24.241, inaplicabilidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 06/09, exención del impuesto a las ganancias y otros agravios vinculados a la actualización de la prestación básica universal.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado, rechazando los agravios de ANSES y manteniendo la constitucionalidad del sistema de reajustes, incluyendo la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la ley 24.463 en el supuesto que la merma del haber supere el 15%, y diferido su análisis respecto del art. 26 de la ley 24.241 para la etapa de ejecución de sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala consideró que la aplicación del sistema de topes en la liquidación de la prestación no genera una confiscatoriedad cuando la merma supera el 15%, en línea con la doctrina del Tribunal Supremo de Justicia de la Nación. La declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la ley 24.463 se sustenta en que la merma del haber no debe ser confiscatoria, y que la aplicación del tope en los períodos cuestionados ocasionó un perjuicio concreto. Sobre el art. 26 de la ley 24.241, se dispuso diferir su análisis a la etapa de ejecución, por considerar que en ese momento se podrá verificar el perjuicio. Respecto al impuesto a las ganancias, se remite a los precedentes de la Corte Suprema, confirmando la validez del planteo. La Sala también sostuvo que la actualización de la Prestación Básica Universal adquirida con posterioridad a la sanción de la ley 26.417 no está limitada por la jurisprudencia del Máximo Tribunal, rechazando el agravio de ANSES.

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