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GALLICHINI, LILIANA BEATRIZ c/ INSSJP s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó a PAMI proveer medicación a una afiliada, rechazando los agravios de nulidad y cuestionamientos sobre la cobertura, y elevó los honorarios del letrado de la parte actora a 22 UMA. La decisión enfatiza la obligación de la obra social de garantizar en tiempo y forma la provisión de prestaciones médicas, y rechaza los argumentos de la demandada respecto a la autorización de la medicación y la nulidad del fallo.

Honorarios Nulidad Derecho a la salud Cobertura medica Medicacion Pami Sentencia confirmada Reclamacion Arbitrario Amparo ley 16.986

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, Liliana Beatriz Gallichini, demanda a PAMI para obtener la provisión urgente, gratuita e integral del medicamento Vismodegib, prescripto por su médico por un carcinoma basocelular en el párpado derecho.
- La demandada argumenta que la medicación estuvo autorizada hasta el 22/6/2025 y que no es responsable por la falta de stock en la industria farmacéutica.
- La Cámara destaca que la obligación de la obra social no se limita a la autorización, sino que incluye asegurar la provisión en tiempo y forma, y que la conducta de PAMI, que limitó la autorización a una orden parcial sin asegurar la cobertura efectiva, fue arbitraria e ilegal.
- La Cámara rechaza la nulidad propuesta por la demandada y confirma la sentencia de grado, además regula los honorarios del letrado de la actora en 7,26 UMA y eleva los honorarios del letrado de la parte actora a 22 UMA.
- Se imponen las costas a la demandada y se ordena la regulación de honorarios en la instancia.

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