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Recurso Queja Nº 208 - IMPUTADO: LUQUE, DANIEL ALBERTO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C) y INFRACCION LEY 23.737 DENUNCIANTE: IDENTIDAD RESERVADA Y OTROS

La Cámara Federal en lo Criminal y Correccional Federal rechazó la queja por retardo de justicia por falta de acreditación de la demora alegada, y ratificó la actuación del tribunal de origen, concluyendo que la presentación del recurrente no fue debidamente acreditada.

Proceso penal Resolucion In dubio pro reo Camara federal Demora procesal Argentina Camara de casacion Queja por retardo de justicia Recursos de queja Art. 127 cppn


¿Quién es el actor?

Fernando Estrada González

¿A quién se demanda?

la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

que se declare la existencia de retardo de justicia en la tramitación de su causa y se ordene la pronta resolución del expediente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la queja por retardo de justicia por considerar que la presentación no fue acreditada de modo suficiente, y que no se verificó la demora en los términos alegados por el recurrente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que “el recurso de la Defensa no resulta autosuficiente y tampoco contiene los argumentos mínimos que permitan tener acreditada la demora alegada, máxime en el contexto del informe enviado por el tribunal en los términos del art. 127 CPPN”. Además, se puntualizó que “la certificación invocada por la defensa excede el marco limitado de la queja en examen, sin perjuicio de que pueda ser articulada a través de los mecanismos correspondientes”. La resolución enfatizó que “no se logró acreditar la demora alegada en los términos del art. 127 CPPN, por lo que no corresponde hacer lugar a la queja”.

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