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A. M. L. C/ G. A. S/ ALIMENTOS S/ QUEJA

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Morón concede la queja y modifica la efecto del recurso de apelación, otorgándole efecto suspensivo en resolución de la Cámara.

Recurso de queja Efecto devolutivo Camara de apelaciones Efecto suspensivo Normativa procesal Derecho procesal. Buenos aires Apelacion en materia de honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte demandada, G. A. S., interpuso recurso de queja contra la resolución que concedió apelación en subsidio respecto de la regulación de honorarios en la causa principal. La Cámara analizó las finalidades del recurso de queja en el Código Procesal y la normativa aplicable, concluyendo que en este tipo de resoluciones, el efecto devolutivo no está previsto legalmente, por lo que la apelación debería haber sido concedida con efecto suspensivo. La Cámara afirmó que, en consecuencia, corresponde hacer lugar a la queja, modificando el efecto del recurso de apelación, y concediéndolo con efecto suspensivo. La decisión se fundamenta en que el efecto devolutivo solo procede en los casos expresamente indicados por la ley, y que en la especie, no existe norma que lo habilite. La resolución fue adoptada por unanimidad, sin costas por la ausencia de bilateralización.

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