VILLADA CARLOS ESTEBAN C/ MEDRANO HECTOR ANIBAL S/ DESALOJO RURAL
La Cámara de Apelaciones confirma la sentencia que rechaza la demanda de desalojo contra los ocupantes del inmueble rural, basando su decisión en la carácter de poseedores públicos, pacíficos e ininterrumpidos, y en la prueba testimonial y documental que acredita la ocupación y mejoras realizadas por los demandados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Carlos Esteban Villada, demanda el desalojo de Héctor Medrano y otros ocupantes del inmueble rural, reclamando que la ocupación por parte de los demandados fue ilegítima y que la posesión del actor es anterior y legítima. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, considerando que los demandados acreditaron posesión pública, pacífica e ininterrumpida desde 2006, con evidencias de actos posesorios y mejoras en el inmueble. La Cámara de Apelaciones analiza la validez de la prueba documental y testimonial, destacando que en un juicio de desalojo no se dilucidan derechos de propiedad, sino la posesión. La jurisprudencia cita que la acción de desalojo no procede contra poseedores que acreditan una posesión pública, pacífica e ininterrumpida, y que la prueba testimonial y documental, como fotos y testimonios de vecinos y expertos, confirman la ocupación y las mejoras realizadas por los demandados. La Cámara concluye que la prueba corroborada es suficiente para confirmar la sentencia de primera instancia, rechazando la demanda y manteniendo el carácter de posesión de los demandados. La decisión se fundamenta en que la acción de desalojo no es procedente contra quienes han probado posesión legítima y en que la prueba testimonial y documental es suficiente para sostener esa posesión.
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