Logo

OJEDA, VICTOR HUGO C/ MARO, LILIANA BEATRIZ Y OTRO S/ DESPIDO

El tribunal rechazó la demanda por falta de prueba suficiente de la relación laboral, confirmando la sentencia de primera instancia. La decisión se fundamentó en la imposibilidad de acreditar la prestación de servicios y en la rebeldía del codemandado Angilel, concluyendo que no existió vínculo laboral.

Carga de la prueba Costas procesales Prueba documental Rechazo de demanda Honorarios profesionales Presuncion de veracidad Relacion laboral Despido Actualizacion por ripte Rebellia

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Víctor Hugo Ojeda, demandó a Liliana Beatriz Maro y Norberto Juan Angilel por despido y cobro de sumas adeudadas, reclamando $64.435,00. La parte actora sostuvo que ingresó a prestar servicios como conductor de primera categoría en transporte de los demandados desde marzo de 1996, sin registración formal, y que fue despedido en abril de 2008. La demandada Liliana Maro negó la existencia de la relación laboral y sostuvo que el actor trabajó como cuentapropista en otra sociedad, habiendo sido dado de baja por despido en 1997 y posteriormente retirado voluntariamente. La prueba documental, incluyendo notas de AFIP y recibos de haberes, fue considerada auténtica y suficiente para acreditar la relación laboral en ciertos períodos, específicamente desde junio de 1997 hasta octubre de 1997, y en enero de 2008. Sin embargo, la parte actora no logró acreditar prestación de servicios en los períodos invocados en su demanda, ni en el período 1996-1997 ni en el 2007-2008, ya que omitió probar en su propio interés dichos períodos. La sentencia destaca que la carga de la prueba recae en el actor, y al no acreditar la prestación, la relación laboral no fue configurada. La excepción de prescripción fue rechazada, ya que la demanda fue interpuesta dentro del plazo legal. La rebeldía del codemandado Angilel no afectó la valoración, dado que no implica automáticamente la veracidad de los hechos. En consecuencia, se concluyó que la demanda carecía de causa jurídica suficiente, por lo que se rechazó en todos sus términos. Se impusieron las costas a la parte actora y se reguló la honorarios profesionales en conformidad con la escala legal y los montos actualizados por RIPTE, incluyendo los aportes de ley y el IVA para ciertos profesionales. La sentencia fue aprobada por mayoría, adhiriendo los jueces Dos Santos y Tula al voto del Dr. De Cillis.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar