NUÑEZ DANIEL JULIO C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El Tribunal homologó un acuerdo conciliatorio entre NUÑEZ DANIEL JULIO y PROVINCIA A.R.T. S.A., que establece una suma de $5.000.000 a pagar por la demandada, homologando además la cláusula penal, la mora automática y las costas a cargo de la accionada, en consonancia con la normativa laboral y civil aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, NUÑEZ DANIEL JULIO, demandó a PROVINCIA A.R.T. S.A. por una enfermedad profesional, y las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio fechado el 10/09/25, por la suma de $5.000.000. El tribunal analizó las constancias del expediente, la ratificación personal del acuerdo y la normativa vigente, concluyendo que el convenio no vulnera norma alguna de orden público y se ajusta a los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744). En virtud de ello, lo homologó con fuerza de cosa juzgada, imponiendo costas a la parte demandada, y ordenó el pago de tasa de justicia y honorarios profesionales. Además, se intimó a la demandada a depositar la suma en la cuenta sueldo del trabajador y a acreditar el cumplimiento de honorarios y aportes en un plazo de 60 días, bajo apercibimiento de habilitar vista al fiscal. Fundamentos principales: "Que los aquí litigantes ... han arribado a un acuerdo ... en relación al infortunio denunciado en autos ... el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." "Que los términos del acuerdo, que tiene como finalidad la satisfacción del reclamo por la enfermedad profesional, cumplen con los requisitos de legalidad y equidad para su homologación, en línea con la normativa laboral aplicable." Disidencia: No se registra disidencia en la resolución.
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