ALBARRACIN PEDRO SIXTO C/ MALDONADO MIGUEL ANGEL S/ DESPIDO (24361).
El tribunal declaró procedente la acción de despido con indemnización y actualización de créditos laborales, condenando al demandado a pagar $170.759,17 con actualización y intereses, y a extender certificados laborales, fundamentando la decisión en la existencia de relación laboral efectiva y en la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, según ley 25.561.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Pedro Sixto Albarracín, demanda por despido y cobro de indemnización a Miguel Ángel Maldonado, alegando que ingresó en marzo de 2016 como oficial electricista, percibiendo $13.000 mensuales, sin registración formal. La sentencia concluye que quedó acreditada la existencia de relación laboral por diversos indicios, incluyendo la contratación de un seguro de accidentes a su favor, que configura presunción de vínculo laboral no registrado. La parte demandada negó los hechos, pero no logró acreditar la inexistencia de relación laboral. La sentencia fundamenta que la contratación de seguro y la negativa de registración constituyen injurias que justifican la rescisión indirecta del contrato. Se condena al demandado a pagar $170.759,17, actualizados según índice RIPTE y con interés del 6% anual, además de extender certificados laborales y pagar costas. El tribunal además declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, según ley 25.561, por vulnerar principios constitucionales y afectar la protección del trabajador ante la inflación y la depreciación monetaria. La fundamentación se apoya en la jurisprudencia local y nacional, resaltando que la relación laboral quedó probada por hechos objetivos, y que la normativa de actualización monetaria debe ser aplicada en favor del trabajador.
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