GIUSSI JOSEPHINE C/ CANEVARI FACUNDO MANUEL S/ DESPIDO
Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso por despido. La Cámara homologó el acuerdo tras verificar que cumple con los requisitos legales y que implica una justa composición de intereses, ordenando además el pago de costas y honorarios profesionales, y regulando aspectos procesales y financieros.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, GIUSSI JOSEPHINE, demanda a CANEVARI FACUNDO MANUEL por despido. Las partes celebraron un acuerdo conciliatorio el 12/09/25, que fue sometido a homologación. El tribunal, tras analizar la legalidad y justicia del acuerdo, resolvió homologarlo en todos sus términos, considerando que "lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas". La homologación se fundamenta en que "no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia". Además, se ordenó el pago del 50% de la Tasa de Justicia, equivalente a $36.300, a cargo del demandado, con un plazo de cinco días para depositarlo, bajo apercibimiento de ley. Se regulan honorarios profesionales y gastos procesales, incluyendo la regulación conforme a la Ley 14.967 y la ley tributaria vigente, además del establecimiento de cuentas bancarias para la transferencia de fondos. La resolución también dispone la justificación de los pagos y la presentación de comprobantes por parte de los letrados, y la suspensión de los plazos de pago hasta la acreditación de las cuentas.
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