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VISCOMI ANA MARIA Y OTRA S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia ordena la inscripción de la Declaratoria de Herederos en un proceso sucesorio, cumpliendo con requisitos administrativos y fiscales. La jueza dispuso la realización de los trámites necesarios para registrar derechos hereditarios, incluyendo la documentación catastral, impuestos y tasas, y la confección de instrumentos jurídicos vinculados a la sucesión.

Herederos Inscripcion registral Bienes inmuebles Declaracion de herederos Obligaciones fiscales Cumplimiento tributario Documentacion catastral Sucesorio Art. 765 cpcc Instrumentos juridicos

¿Qué se resolvió en el fallo?

La jueza Laura Elizabeth Mato ordenó la inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en fecha 30/04/2025, en relación al proceso sucesorio de Josefina María Viscomi. La decisión se fundamenta en que se cumplió con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, y se ordenó la inscripción de derechos hereditarios vinculados a un bien inmueble ubicado en Tres de Febrero, cuya información registral y dominio ya se encontraba en autos. La sentencia además establece que se deben expedir los instrumentos necesarios, conforme a las Resoluciones SCBA 1799/16 y 3997/20, y se deben cumplir requisitos fiscales y catastrales, incluyendo la presentación de valuación fiscal, pago de tasas, declaración jurada patrimonial, y documentación catastral y registral. La resolución también refuerza la importancia de cumplir con obligaciones tributarias vinculadas a la transmisión de bienes, y ordena que dichas gestiones se realicen en coordinación con el proceso sucesorio ya iniciado. Fundamentos principales: “De conformidad con lo solicitado y encontrándose cumplido en autos con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en fecha 30/04/2025 con relación a los derechos que le pudieran corresponder al causante de autos, en el proceso sucesorio de Josefina María VISCOMI, los cuales se encuentra acumulados al presente [...] respecto del bien inmueble, cuyo informe de dominio obra en autos y sus datos son: [...] A los fines indicados precedentemente, expídanse los instrumentos pertinentes en los términos dispuestos por la SCBA mediante Resoluciones 1799/16 y 3997/20”. Además, se establece la necesidad de cumplir con requisitos fiscales y catastrales, y se ordena la confección de instrumentos y documentación complementaria. Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la sentencia.

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