MASCARO PASCUAL Y OTROS S/ SUCESION AB INTESTATO (21)
Inscripción de declaraciones de herederos y regularización registral de bienes inmuebles en proceso sucesorio. La sentencia ordena la inscripción de las declaraciones de herederos y la documentación correspondiente, además de regular los honorarios profesionales y las formalidades administrativas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jueza Laura Elizabeth Mato dispuso la inscripción de las Declaratorias de Herederos dictadas en autos en fechas 04/12/2008 y 27/09/2024, respecto a bienes inmuebles inscriptos en La Matanza, con relación a los herederos Pascual Mascaro, Miguelina Arcuri y Rosa Mascaro. La decisión se fundamenta en que la documentación acompañada en autos, en cumplimiento con el art. 765 del CPCC, acredita la titularidad y el carácter hereditario de los bienes, permitiendo su inscripción en el registro correspondiente. La sentencia también regula los honorarios profesionales, estableciendo la suma de 25 JUS para la primera y segunda etapa del proceso sucesorio de Pascual Mascaro y 70 JUS para el proceso de Miguelina Arcuri y Rosa Mascaro, con base en los valores de referencia y la normativa aplicable, además de ordenar la regulación de honorarios y la realización de los trámites documentales y administrativos pertinentes, incluyendo el pago de tasas y contribuciones fiscales. La resolución destaca que la documentación presentada y los informes de dominio, junto con los informes catastrales, justifican la inscripción y regularización de los bienes en los registros inmobiliarios y que la misma se realiza en cumplimiento con la legislación vigente y las resoluciones de la SCBA. La resolución también especifica la obligación de los interesados de acreditar el cumplimiento de los requisitos fiscales y administrativos antes de proceder con los trámites registrales, bajo apercibimiento de nulidad.
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