.................... S/ RECURSOS EXTRAORDINARIOS DE NULIDAD E INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 30.215 REX Y; OLIVERIO, CARLOS EDUARDO S/ RECURSOS EXTRAORDINARIOS DE NULIDAD E INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 30.215/1 REX, AMBOS DE LA CÁMARA DE APELACIÓN Y GARANTIAS EN LO PENAL DEL DPTO. JUDICIAL SAN MARTIN (SALA I)
La Suprema Corte declara improcedentes los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley interpuestos en la causa penal contra Oliverio y Ramírez, confirmando la sentencia que condenó a Oliverio y absolvió a Ramírez, por errores en la calificación y valoración de la prueba.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Corte analiza recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley interpuestos por la defensa y el Ministerio Público Fiscal contra una sentencia que condenó a Carlos Oliverio a seis años de prisión por delitos de homicidio culposo, lesiones culposas y violación a las medidas sanitarias, y absolvió a Marina Ramírez. La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de General San Martín había rechazado los recursos, considerando que las impugnaciones no estaban correctamente fundamentadas ni en el marco del recurso de inaplicabilidad de ley ni del de nulidad, además de que las críticas de la defensa respecto a la valoración de la prueba y la responsabilidad de Ramírez no evidenciaban arbitrariedad o errores de gravedad extrema. La Corte coincide en que los agravios se basan en meras discrepancias de valoración probatoria o en argumentos que ya fueron resueltos y que no constituyen vicios graves que invaliden la sentencia. Asimismo, se recalca que la parte recurrente no logra demostrar que la fundamentación del fallo sea manifiestamente arbitraria o que la valoración de la prueba sea irracional, por lo cual se confirma la decisión de la instancia anterior. La sentencia también destaca que los recursos fueron mal concedidos por la Cámara de Alzada, que confundió los tipos de recursos y sus alcances, y que la fundamentación de la sentencia de grado fue adecuada y razonada.
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