AFIP c/ FARMACIA LA UNION YERBA BUENA S A s/EJECUCION FISCAL ? A.F.I.P.
La Cámara Federal de Tucumán confirmó parcialmente la resolución que denegó el embargo de fondos y valores en ejecución fiscal, sosteniendo que los honorarios no pueden cobrarse mediante el sistema SOJ bancario, ya que estos forman parte de las costas del proceso y requieren otra vía de ejecución. La decisión se basa en la interpretación del art. 92 de la Ley N° 11.683 y su decreto reglamentario, que limitan el uso del SOJ a la ejecución de la deuda principal y no de los honorarios. La Cámara también rechazó el recurso de revocatoria y sostuvo que los honorarios deben reclamarse por la vía ordinaria del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La AFIP, representada por la Dra. Daniela Edith Artaza, inicia una ejecución fiscal contra Farmacia La Unión Yerba Buena por honorarios de $30.056,30 más intereses y costas, y solicita embargo sobre bienes muebles y fondos del deudor.
- La autoridad judicial de primera instancia resuelve no hacer lugar al embargo sobre bienes muebles, y posteriormente, también deniega el embargo sobre fondos y valores en concepto de honorarios, argumentando que el art. 92 de la Ley N° 11.683 y su reglamentación limitan la ejecución de honorarios a través del sistema SOJ, que solo abarca la deuda principal.
- La AFIP interpone recurso de revocatoria y de apelación, alegando que el embargo SOJ debe incluir los honorarios, por ser costas del proceso, y que la normativa vigente y la jurisprudencia de la CSJN respaldan esa interpretación.
- La Cámara Federal de Tucumán analiza los agravios, cita la normativa y jurisprudencia aplicable, y concluye que los honorarios no pueden cobrarse mediante el sistema SOJ, ya que estos constituyen costas y deben reclamarse por la vía ordinaria. La Cámara confirma la resolución y acepta la excusación del vocal Dr. Poviña.
- La decisión se fundamenta en que el embargo SOJ bancario está diseñado para la ejecución de la deuda principal, y los honorarios, al ser costas, requieren otro procedimiento, en consonancia con la normativa y la jurisprudencia, incluyendo fallos de la CSJN.
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