ZARZA RIVAS, VIRGILIO c/ DNM s/RECURSO DIRECTO A JUZGADO
La Cámara confirmó la revocación de la resolución administrativa que ordenaba la expulsión del extranjero, priorizando el interés superior del niño y la normativa internacional de protección de derechos humanos. La decisión consideró que la expulsión afectaba derechos constitucionales y derechos del niño, y que la normativa vigente en el momento del análisis favorecía la permanencia del migrante.
¿Quién es el actor?
V.Z.R., ciudadano paraguayo, con vínculos familiares en Argentina, reconocido como padre de cuatro menores argentinos.
¿A quién se demanda?
Dirección Nacional de Migraciones, respecto a la resolución que ordenaba su expulsión y prohibición de reingreso por 15 años.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión judicial de la expulsión, solicitando la revocación de la medida administrativa en función del interés superior de los menores y la protección de derechos constitucionales e internacionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución administrativa que ordenaba la expulsión y prohibición de reingreso, ordenando que la autoridad migratoria evalúe nuevamente la situación del migrante, considerando las circunstancias particulares, vínculos familiares y derechos del niño.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia analizó la normativa migratoria vigente en el momento del inicio del procedimiento (Ley 25.871 y su decreto reglamentario 616/2010), la constitucionalidad de la norma (derogada por decreto 138/2021), y la protección del interés superior del niño, en línea con tratados internacionales y derechos constitucionales. Se destacó que la expulsión sin considerar los vínculos familiares y la situación de los menores puede constituir una injerencia arbitraria o irrazonable, afectando derechos fundamentales. La decisión también valoró que la normativa en su versión original priorizaba la protección de la unidad familiar y que la derogación posterior modificó sustancialmente el marco normativo. La sentencia concluyó que la autoridad migratoria debe reconsiderar la situación del migrante con un enfoque integral y respetuoso del interés superior del niño.
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