CEPEDA, GASPAR ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Rosario en Sala A confirmó la sentencia que rechazó la inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426 y otros agravios relacionados con impuestos y costas. La decisión se basa en precedentes que ratifican la constitucionalidad y la interpretación de la ley en el contexto de reajustes previsionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Federal de Rosario en Sala A, integrada por la Jueza Elida Vidal y el Juez Aníbal Pineda, resolvió confirmar la sentencia de primera instancia en un expediente relacionado con reajustes de haberes previsionales y la constitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426. La demandada, la ANSES, cuestionó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2°, vinculada al impuesto a las ganancias, y la imposición de costas. La Sala concluyó que la cuestión de constitucionalidad ya fue resuelta en otros autos similares (FRO 25495/2017 y FRO 25494/2017), y que además, los retroactivos derivados de reajustes previsionales no constituyen ganancias gravadas, en línea con fallos de la CSJN. La sala también rechazó el agravio sobre las costas, confirmando la imposición en primera instancia por haberse acogido sustancialmente la demanda. En cuanto a las costas procesales de esta instancia, se impusieron a la parte demandada, en línea con la jurisprudencia del fallo “Morales”. La decisión fue fundamentada en la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria y en la interpretación del artículo 68 del C.P.C.C.N. y la ley 27.423.
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