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SABATINO, SOFIA VALENTINA c/ INSSJP-PAMI s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Paraná revoca la sentencia de primera instancia y ordena la afiliación de la actora al PAMI, declarando que tiene derecho a ser afiliada como beneficiaria de pensión no contributiva por invalidez, frente a la normativa que lo impide.

Derecho a la salud Jurisprudencia Corte suprema Amparo Cobertura de salud Normativa vigente Pension no contributiva Afiliacion pami Ley 19.032 Ley 24.398


- Quién demanda: Sofía Valentina Sabatino

¿A quién se demanda?

INSSJP-PAMI

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Afiliación como titular a PAMI por pensión no contributiva por invalidez y declaración de inaplicabilidad de norma que impide su incorporación

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y ordena al PAMI que afilie a la actora en carácter de titular.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara ha reiterado en jurisprudencia que los beneficiarios de pensión no contributiva por invalidez tienen derecho a afiliarse al PAMI, incluso si reciben cobertura del Programa Federal “Incluir Salud”. La Corte Suprema ha avalado este criterio, remitiendo al dictamen de la Procuración General, que señala que “los beneficiarios de pensiones no contributivas por invalidez tendrán derecho de hacer uso de los servicios del sistema de salud, siempre que no gozaren de otra obra social, ya sea como afiliados directos o como adherentes a cargo de un familiar”. La decisión se fundamenta en la normativa vigente, la jurisprudencia consolidada y la constitucionalidad de los derechos. Además, la sentencia regula costas y honorarios en consecuencia.

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