SOSA, JUAN ARTURO c/ ANDIS s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION
La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que condenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) por mora en la resolución de la trámite de pensión no contributiva por invalidez, rechazando el recurso de la demandada y estableciendo que la demora fue injustificada y atribuible a la Administración.
- Quién demanda: Juan Arturo Sosa
¿A quién se demanda?
Agencia Nacional de Discapacidad -ANDIS-
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de mora administrativa y resolución de la solicitud de pensión no contributiva por invalidez
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la apelación, confirmó la condena a ANDIS por mora y rechazó el recurso de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La causa inició el trámite para obtener la pensión el 14/1/2023, sin movimiento en el expediente desde entonces. El actor envió una carta documento el 28/4/2025 y, sin respuesta, promovió el amparo el 22/5/2025. La Cámara consideró que la demora, a pesar de la alegación de la demandada de que no hubo inactividad, fue injustificada. La Corte Suprema declaró inconstitucional el art. 3º del DNU 157/2018, y la ley 27.423 en su art. 36 establece que las costas en causas de seguridad social se impondrán de acuerdo con el Código Procesal Civil, en este caso, en favor del actor, que resultó vencido en la causa, por lo que la imposición de costas a la demandada fue correcta. Se regularon honorarios a los abogados del actor en 6,6 UMA, equivalentes a $500.207, y no se regularon honorarios a la parte demandada por disposición del art. 2 de la ley 27.423. La sentencia confirmó la decisión de primera instancia, rechazando el recurso de la parte demandada y estableciendo que la demora en la resolución administrativa fue injustificada, por lo que corresponde la condena.
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