CASTELLANO, NESTOR RUBEN c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y otras normas relacionadas, y ratificó la constitucionalidad de los demás puntos de la sentencia, reforzando la aplicación del IPC publicado por el INDEC y eximiendo del impuesto a las ganancias las retroactividades. La decisión se basó en la revisión de agravios sobre la constitucionalidad de leyes y decretos en materia previsional, ajustándose a fallos anteriores y garantizando la mejora en la prestación previsional.
¿Quién es el actor?
Néstor Ruben Castellano
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales, cuestionando normas y decretos relacionados con la movilidad y ajuste de las prestaciones.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y otros decretos, y se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad respecto del art. 9 de la ley 24.463, la ley 27.609 y los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020. Se declaró la exención del impuesto a las ganancias de las retroactividades y se impusieron las costas a la parte vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara reconsideró su criterio anterior respecto a la inconstitucionalidad del sistema de topes en las prestaciones previsionales, differiendo su tratamiento a la etapa de ejecución en línea con el fallo “LÓPEZ, ISABEL B c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”. La cuestión de inconstitucionalidad de los decretos fue analizada en línea con fallos anteriores, confirmando su invalidez. La inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 fue confirmada, estableciendo que la mejora en la prestación se medirá con el IPC del INDEC, ajustando los cálculos de movilidad conforme a los periodos y tablas establecidos, y que las retroactividades están exentas del impuesto a las ganancias. Se confirmó además la imposición de costas a la parte vencida.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: