RANDO, STELLA MARIS Y OTRO c/ POLICLINICO REGIONAL AVELLANEDA s/ORDINARIO
La Cámara Comercial confirmó la sentencia que ordenó la restitución de equipos médicos y la indemnización por lucro cesante, rechazando los agravios de ambas partes respecto de la procedencia y monto de la condena, y manteniendo la tasa de interés aplicada. La decisión se fundamenta en que la prueba y los argumentos de las partes no justifican modificación alguna.
Actor: Stella Maris Rando y Carlos Daniel Rando
Demandado: Policlínico Regional Avellaneda S.A.
Objeto: Restitución de equipos médicos en locación y daños y perjuicios por retención injustificada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, condenando al demandado a restituir los bienes y pagar $5.000.000 por lucro cesante, con intereses, y a costas del proceso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que no se acreditó que los bienes no estaban en poder del demandado ni que la valoración de la prueba fuera errónea. Respecto del lucro cesante, se calificó correctamente como pérdida de chance, y la suma fijada fue prudente y razonable. La tasa de interés desde la notificación de la demanda fue adecuada, conforme a la normativa vigente. La impugnación por los agravios fue desestimada por improcedente, y la sentencia fue confirmada en su totalidad.
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