IMPUTADO: DEVOTO, NESTOR OMAR Y OTRO s/ESTAFA y DEFRAUDACION POR ADMINISTRACION FRAUDULENTA DENUNCIANTE: SCHINDZELORS, REINHARD HIDALGO Y OTRO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Sala 6, revoca parcialmente la decisión que devolvía el sumario a la Fiscalía y declara mal concedido el recurso respecto del auto del 8 de septiembre, confirmando la autonomía del Ministerio Público y la improcedencia de la devolución en las circunstancias.
¿Quién es el actor?
No aplica (es un recurso del fiscal y del imputado).
¿A quién se demanda?
La decisión del auto del 8 de septiembre pasado.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revocación de la devolución del sumario a la Fiscalía, argumentando que esto vulnera la autonomía del Ministerio Público y que la decisión de devolver el sumario no es apelable ni genera gravamen irreparable.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca parcialmente el auto de 8 de septiembre y declara mal concedido el recurso respecto de esa resolución, confirmando que la devolución del sumario a la Fiscalía puede ocasionar agravio y que la postura del Ministerio Público respecto a la suficiencia de la prueba es respetada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Al respecto, hemos sostenido reiteradamente que constreñir al representante del Ministerio Público Fiscal a que produzca determinada prueba cuando aquél ya postuló que la reunida era, a su criterio, suficiente para decretar el procesamiento del imputado, importaría una vulneración al principio de autonomía que emana del artículo 120 de la Constitución Nacional y del artículo 5 del catálogo adjetivo." "La devolución del sumario a la Fiscalía, cuando su titular ya ha marcado su postura, sí ocasiona agravio." "El recurso de apelación no es procedente en el auto cuestionado, por lo que la Cámara resolvió hacer lugar a la apelación y revocar parcialmente la decisión de devolver el sumario." "La decisión de la Cámara confirma la autonomía del Ministerio Público y la improcedencia de devolver el sumario en estas circunstancias."
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