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G. B., C. N. c/ APRES S.A. s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia que ordenó a APRES S.A. a brindar cobertura integral en salud a un paciente con discapacidad, rechazando el recurso de apelación y argumentando que la decisión respeta los derechos constitucionales y convencionales a la salud y la discapacidad.

Recurso de apelacion Discapacidad Derecho a la salud Discriminacion Cobertura medica Amparo Traslados Constitucionalidad Proteccion de derechos humanos Tratamientos especializados

¿Qué se resolvió en el fallo?

La acción fue promovida por C. N. G. B., con discapacidad por polineuropatías inflamatorias, contra APRES S.A., por negativa a otorgar cobertura a tratamientos y traslados especializados. La Cámara sostuvo que el derecho a la salud es un derecho humano fundamental, progresivo y garantizado por la Constitución y tratados internacionales. La sentencia de primera instancia ordenó a la demandada proveer cobertura integral y traslados, considerando la necesidad médica acreditada, la discapacidad y la protección constitucional y convencional. La demandada alegó que no existía negativa y que la cobertura excedía sus obligaciones, pero la Cámara concluyó que la prestación solicitada era justificada y que la negativa no era razonable. Además, se destacó que la acción de amparo era adecuada para proteger derechos de salud, y que la interpretación de la normativa debía ser dinámica y en línea con el principio de progresividad. La Cámara rechazó el recurso de la demandada y confirmó la sentencia, sin costas por falta de sustanciación del recurso.

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