GALIANA, ENRIQUE EDUARDO c/ UNNE UNIVERSIDAD NACIONAL DEL NORDESTE s/RECURSO DIRECTO LEY DE EDUCACION SUPERIOR LEY 24.521
La Cámara Federal de Corrientes homologó un acuerdo transaccional entre la Universidad Nacional del Nordeste y el Dr. Enrique Eduardo Galiana, dejando sin efecto el recurso extraordinario federal y estableciendo que las partes renuncian a futuras acciones relacionadas. La sentencia resuelve la homologación y la renuncia de las partes, con efectos jurídicos.
- Quién demanda: Dr. Enrique Eduardo Galiana
¿A quién se demanda?
Universidad Nacional del Nordeste
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo ley de Educación Superior 24.521 contra resolución administrativa
¿Qué se resolvió?
Homologación del acuerdo transaccional y solicitud de manifestación sobre renuncia del recurso extraordinario
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia señala que, si bien el principio de cosa juzgada es indisponible y no puede ser objeto de transacción, en este caso particular no existe pronunciamiento previo sobre la admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto por la Universidad. Dado que las partes han acordado dejar sin efecto cualquier tipo de frases ofensivas y han pactado la extinción de obligaciones, la homologación del acuerdo es procedente para evitar futuras acciones. La resolución enfatiza que, antes de cerrar la cuestión, se debe requerir a la parte demandada que manifieste si renuncia o desiste del recurso extraordinario, para que la decisión adquiera autoridad de cosa juzgada y permita al tribunal continuar con el análisis del fondo del asunto. La homologación busca garantizar la seguridad jurídica y la validez del acuerdo alcanzado, asegurando que no existan recursos pendientes que puedan afectar la resolución definitiva.
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