SOSA ROMERO PABLO ALFONZO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que rechaza el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426 y ratifica la validez del cálculo de movilidad previsional, considerando que las leyes son retroactivas en ciertos casos y que la aplicación de la ley 27.426 no viola derechos constitucionales.
Actor: Pablo Alfondo Sosa Romero Demandado: ANSES Objeto: Revisión de ajustes previsionales y cuestionamiento de la constitucionalidad de la ley 27.426 y otros aspectos relacionados con la movilidad de haberes previsionales. Decisión: La Cámara rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426 y confirmó la validez de las normativas y ajustes previsionales, sosteniendo que las leyes pueden ser retroactivas en ciertos casos sin vulnerar derechos constitucionales. La disidente parcial expresó que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 afecta la movilidad dispuesta por la ley anterior y constituye un perjuicio económico confiscatorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara argumentó que la movilidad prevista en las leyes previsionales debe ser interpretada en función de la normativa vigente en cada momento, y que la ley 27.426, al modificar índices y aplicar retroactivamente, no viola derechos constitucionales porque el derecho a la movilidad sólo se perfecciona en el momento del devengamiento y pago de los haberes. Además, se consideró que la ley de emergencia y las modificaciones posteriores fueron constitucionales, en línea con precedentes de la Corte Suprema, y que la medida responde a la finalidad de protección social y de protección de grupos vulnerables. La disidencia destacó que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 genera un perjuicio confiscatorio y que la misma ley ha sido declarada inconstitucional en otros antecedentes.
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