PALAVECINO JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia que rechazaba el reajuste de la PBU y confirma la aplicación del índice establecido por la ley 27.426 para la actualización de la prestación. La decisión se basa en la normativa vigente y en precedentes de la Corte Suprema.
- Quién demanda: Juan Carlos Palavecino
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de la Pensión Básica Universal (PBU) y actualización de remuneraciones aplicando índices legales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, admitiendo los recursos y estableciendo que la actualización de la PBU debe realizarse según los índices previstos en la ley 27.426, considerando los valores del haber inicial y la normativa vigente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara recordó que la comparación para determinar la confiscatoriedad debe hacerse sobre el total del haber inicial percibido por el beneficiario, y que si este no fue reajustado, ese debe ser el parámetro para la evaluación. Se resaltó que la ley 27.426 especifica que la actualización de remuneraciones y beneficios debe hacerse mediante un índice combinado, incluyendo INGR y RIPTE, desde su entrada en vigencia. La jurisprudencia de la Corte Suprema en los precedentes “Quiroga”, “Sandoval” y “Pichersky” establece que la incidencia de la ausencia de incrementos y la confiscatoriedad deben analizarse en la etapa de ejecución, con la utilización de índices oficiales. La ley 27.426 sustituyó y actualizó la normativa de actualización, por lo que su aplicación es obligatoria y se ajusta a la legislación vigente. La defensa de prescripción planteada por la demandada fue desestimada, confirmando la aplicación de la jurisprudencia sobre la materia.
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