GONZALEZ SAUL FERNANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó los agravios sobre la actualización del haber previsional, aplicando los precedentes de la Corte Suprema y la normativa vigente, y sostuvo que la ley 27.609 regula estrictamente la movilidad previsional sin vulnerar el art. 14 bis.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora demandó por reajuste en la movilidad de su prestación previsional.
- La demandada, ANSES, impugnó los agravios respecto a la actualización de la PBU y la aplicación del índice IPC, alegando que la legislación vigente y los precedentes de la Corte Suprema respaldan su posición.
- La Cámara analizó los precedentes “Quiroga”, “Sandoval” y “Pichersky”, concluyendo que la comparación del haber inicial debe hacerse sobre el total del haber percibido, y que la ley 27.609 regula la movilidad sin vulnerar la Constitución.
- En relación a la actualización, el tribunal consideró que la facultad legislativa para definir el criterio de movilidad es amplia y que las disposiciones legales no resultan irrazonables ni confiscatorias.
- Respecto al índice IPC, se desestimó el agravio, reiterando que la Corte Suprema ha reconocido la facultad del legislador para definir los mecanismos de movilidad previsional.
- En materia de costas, se impusieron por su orden en la alzada, conforme a los resultados del fallo.
- Además, se regularon honorarios del 30% de lo regulado en la instancia anterior por la actuación de la defensa.
- La sentencia confirmó la resolución de primera instancia y resolvió el recurso de apelación en todos sus términos.
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