NICOLATO ARMANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y ordena la revisión de los cálculos de actualización previsional, considerando la inconstitucionalidad del índice aplicado por el Decreto 807/2016, y establece que la actualización de las remuneraciones debe seguir los parámetros legales y jurisprudenciales adecuados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, beneficiaria previsional otorgado con fecha de adquisición del derecho 30/7/2015 y alta del beneficio 1/5/2017, reclama diferencias en la actualización de su haber, fundamentando que los índices aplicados por el Decreto 807/2016 y la Resolución 56/2018 de la ANSeS son inconstitucionales. La Cámara analiza la constitucionalidad de los índices de actualización, remitiéndose a antecedentes de la Corte Suprema que establecen que la fijación del índice de actualización no puede estar en competencia del Poder Ejecutivo, sino que debe ser determinada por el Congreso. Se concluye que la ANSeS y la Secretaría de Seguridad Social se han arrogado facultades que la Constitución no les confiere, en violación del art. 14 bis de la Constitución Nacional. La sentencia revocada en esa parte, ordena que la actualización y cálculo de los haberes se ajusten a los parámetros constitucionales y legales, considerando los índices que el Congreso defina. La resolución también destaca la necesidad de revisar los montos de acuerdo con los parámetros de movilidad y actualización establecidos por la jurisprudencia y la normativa vigente, y que las diferencias deben ser abonadas por la demandada.
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