ESPINOZA JORGE FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó la aplicación del Decreto 894/2001, y ratificó la constitucionalidad de las normas cuestionadas, además de decidir sobre la inconstitucionalidad del art. 9 inc 3) de la Ley 24.463 y otras cuestiones previsionales.
- Quién demanda: Jorge Francisco Espinoza
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de la prestación jubilatoria, inaplicabilidad del Decreto 894/01, y cuestionamientos a la normativa previsional y tributaria.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la constitucionalidad de las normas cuestionadas y la sentencia de grado que rechazó los agravios del actor, rechazando los planteos del actor y confirmando las decisiones previas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que la norma cuestionada (Decreto 894/2001) restableció el texto original del decreto 8566/61 y fue validada por la CSJN en el expediente “Saralegui”, por lo que no corresponde su inconstitucionalidad. Se rechazaron los agravios sobre la fecha de adquisición del beneficio, error material, actualización de remuneraciones y tasa de interés, por no acreditar perjuicio concreto o no ser relevantes para la causa. La Corte Suprema de Justicia de la Nación en “García Marta Susana” y “García Blanco” confirmó la constitucionalidad de las normas tributarias y previsionales, remitiéndose a los precedentes. La inconstitucionalidad del art. 9 inc 3) de la Ley 24.463 se declaró en el supuesto que la aplicación de topes genera una quita superior al 15%, en línea con precedentes de la CSJN, y en caso contrario se confirmará la liquidación. Se confirmó la decisión de mantener el rechazo a la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241, y del art. 14.2 de la Resolución S.S.S. Nº 6/2009, por ser cuestiones abstractas. La tasa de interés se aplicará según la tasa pasiva promedio mensual del Banco Central. Las costas se impusieron a la parte vencida, y se regularon honorarios del 30% a la parte actora por su actuación en la Alzada.
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