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MESA DOMINGO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la nulidad de la sentencia de grado por errores en la fundamentación y en el análisis de la cuestión de fondo, ordenando su nulidad y devolución de las actuaciones al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento. La decisión se fundamenta en que la sentencia no abordó adecuadamente el objeto de la acción, vulnerando derechos constitucionales y principios de congruencia y fundamentación racional, además de incurrir en errores en la interpretación del marco legal y en la valoración de las leyes de movilidad cuestionadas, particularmente en relación a la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, sin pronunciamiento expreso. Se destaca que la sentencia presenta omisiones sustanciales, decisiones contradictorias y una fundamentación insuficiente, que afectan la garantía constitucional del derecho a la defensa y al debido proceso, por lo que la nulidad se declara de oficio y se ordena la remisión de las actuaciones para un nuevo pronunciamiento.

Recurso de apelacion Nulidad de sentencia Cosa juzgada Derechos constitucionales Doble instancia Fundamentacion Constitucionalidad Reajustes previsionales Ley 27.541 Ley 27.426 Errores procesales

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara Federal de la Seguridad Social analiza recursos de apelación interpuestos en un expediente sobre reajustes de beneficios previsionales, en particular respecto a las leyes de movilidad 27.426 y 27.541. La parte demandada cuestiona la existencia de cosa juzgada y la validez de los reajustes posteriores a 2017, y la actora discute la constitucionalidad y aplicación de dichas leyes, además del pago de bonos, tasas de interés y costas. La Sala revisa la sentencia de grado, detectando errores en su fundamentación, omisiones en el análisis del objeto de la acción y decisiones contradictorias. La Cámara concluye que la sentencia de grado adolece de vicios de nulidad por falta de fundamentación adecuada, incoherencias y omisiones que vulneran derechos constitucionales, y declara la nulidad de oficio, ordenando que el tribunal de origen dicte un nuevo fallo conforme a derecho. La decisión enfatiza que las decisiones judiciales deben responder a una lógica coherente y fundamentada, y que la sentencia impugnada no cumplió con estos requisitos, afectando el derecho a la doble instancia y a la defensa.

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